Nueva vía rápida para la homologación de títulos extranjeros con oferta de empleo cualificada en españa

NUEVA VÍA RÁPIDA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS CON OFERTA DE EMPLEO CUALIFICADA EN ESPAÑA

               Homologar un título extranjero en España sigue siendo, para muchos profesionales, un proceso largo y lleno de incertidumbre. Aunque en los últimos años se han dado pasos para agilizar los expedientes, los plazos reales pueden extenderse fácilmente más allá del plazo legal de seis meses, llegando en la práctica a muchos meses o incluso años de espera.

               En este contexto, la nueva Resolución de 10 de septiembre de 2025 de la Secretaría General de Universidades introduce una novedad de gran impacto: una tramitación preferente de la homologación y declaración de equivalencia de títulos universitarios extranjeros cuando el solicitante cuenta con una oferta firme de empleo de alta cualificación en España y esa contratación depende de la homologación.

               Si tenéis un título universitario extranjero y una empresa en España dispuesta a contrataros para un puesto cualificado, esta vía puede marcar la diferencia entre perder la oportunidad o incorporaros al mercado laboral en un plazo mucho más razonable.

¿QUÉ HA CAMBIADO CON LA NUEVA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES?

               Hasta ahora, los expedientes de homologación y equivalencia se tramitaban en un orden básicamente cronológico, sin distinguir si detrás del expediente había una oferta de empleo concreta o no. Esto generaba una situación paradójica: empresas con necesidad urgente de incorporar talento cualificado y profesionales listos para trabajar, pero bloqueados por un procedimiento administrativo lento.

               La Resolución de 10 de septiembre de 2025 rompe con este esquema e introduce, por primera vez, una vía preferente para quienes acreditan una oferta firme de empleo de alta cualificación condicionada a la homologación de su título. En la práctica, esto significa que vuestros expedientes pueden “adelantarse en la cola” y priorizarse frente a otras solicitudes ordinarias, sin que ello suponga eliminar el rigor técnico de la evaluación académica.

               Esta tramitación preferente se articula dentro del marco ya existente de la homologación y equivalencia de títulos universitarios extranjeros, regulado por el Real Decreto 967/2014 y actualizado por el Real Decreto 889/2022. La resolución no crea un procedimiento nuevo desde cero, pero sí establece instrucciones específicas para “acelerar” determinados expedientes que cumplan ciertos requisitos.

¿QUIÉN PUEDE ACOGERSE A LA TRAMITACIÓN PREFERENTE?

               La tramitación prioritaria de la homologación de títulos extranjeros en España no es automática para cualquier solicitante. Está pensada para un perfil concreto de profesionales, que cumplan simultáneamente varias condiciones.

               En primer lugar, debéis contar con una oferta firme de empleo en España, ya sea formalizada a través de un contrato o un precontrato de trabajo. No basta con una mera promesa verbal o un correo informal, la Administración exige un documento formal que acredite que una empresa está dispuesta a contrataros en un puesto concreto.

               En segundo lugar, el puesto ofrecido debe ser de alta cualificación. La resolución toma como referencia estudios universitarios de al menos tres años de duración, equivalentes como mínimo al Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). En la práctica, se está pensando en perfiles como ingenieros, profesionales sanitarios, arquitectos, especialistas STEM, investigadores, docentes universitarios o técnicos superiores en áreas muy específicas.

               En tercer lugar, la homologación o la declaración de equivalencia del título extranjero es un requisito indispensable para desempeñar ese puesto de trabajo. Es decir, que sin el reconocimiento académico no podéis ejercer legalmente la profesión o no cumplís el perfil exigido por la empresa y por la normativa aplicable.

               Por último, esta vía está abierta tanto a personas que ya residís en España como a quienes aún os encontráis en el extranjero, pero habéis recibido una oferta de trabajo en el país. No se limita únicamente a nacionales de terceros países, también puede aplicarse a españoles con títulos obtenidos fuera del Espacio Europeo de Educación Superior.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA ACTIVAR LA PRIORIDAD EN LA HOMOLOGACIÓN?

               Para beneficiaros de esta tramitación preferente no basta con presentar la solicitud general de homologación de títulos extranjeros en España. La clave está en aportar documentación adicional que acredite la oferta de empleo altamente cualificada y la necesidad real de la homologación.

               Por un lado, deberéis presentar toda la documentación habitual del procedimiento de homologación o equivalencia, esto es, título universitario extranjero, certificado académico, traducción jurada cuando proceda, legalización o apostilla de los documentos y justificante del pago de la tasa correspondiente, siguiendo las instrucciones del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

               Por otro lado, y esto es lo que activa la vía preferente, se requiere aportar una copia del contrato o precontrato de trabajo que recoja la oferta firme de empleo, junto con una declaración responsable del empleador. Esta declaración, firmada por el representante legal de la empresa, debe identificar a la entidad contratante, describir el puesto y sus funciones, explicar por qué es necesaria la homologación del título para desempeñarlo legalmente y asumir el compromiso de contratación una vez que la resolución de homologación sea favorable.

               Además, la resolución prevé que esta documentación pueda incorporarse también a expedientes ya iniciados. Es decir, si ya habíais solicitado la homologación de vuestro título extranjero y ahora contáis con una oferta de empleo altamente cualificada, podéis completar el expediente con el contrato y la declaración responsable para que se reoriente hacia esta tramitación preferente.

¿CUÁLES SON LOS PASOS PARA SOLICITAR LA HOMOLOGACIÓN PREFERENTE?

               El procedimiento sigue canalizándose a través de la sede electrónica de la Secretaría General de Universidades y de las herramientas habilitadas por el Ministerio, como el portal ValidaTE. Desde allí se presenta la solicitud de homologación o equivalencia, adjuntando la documentación académica y, en su caso, los documentos vinculados a la oferta de empleo.

               Una vez registrada la solicitud con toda la documentación, la práctica que se está consolidando es comunicar al órgano instructor que el expediente cumple los requisitos de la nueva resolución, enviando un correo a la dirección específica habilitada para este procedimiento (agiliza.contrato@ciencia.gob.es), con vuestros datos identificativos, el número de expediente y copia del contrato y de la declaración responsable de la empresa. Esta comunicación refuerza que vuestro caso debe tramitarse con prioridad.

               En cuanto a los plazos, la normativa general mantiene el plazo legal de seis meses para resolver desde que el expediente se considera completo, pero la experiencia previa nos dice que los tiempos reales pueden ser significativamente superiores. La finalidad de esta vía preferente es precisamente reducir esa espera en los casos en que hay una oferta de empleo condicionada a la homologación. Aunque todavía es pronto para disponer de estadísticas consolidadas, todo apunta a que esta prioridad puede acortar de manera notable los tiempos en comparación con el canal ordinario.

¿QUÉ VENTAJAS DEBEMOS TENER EN CUENTA PARA EMPRESAS Y PROFESIONALES?

               Para los profesionales extranjeros, la ventaja es evidente, pues una homologación de títulos extranjeros en España que ya no es un muro infranqueable, sino un trámite exigente pero mejor alineado con la realidad del mercado laboral. La posibilidad de que vuestro expediente se sitúe por delante de los ordinarios, cuando hay una oferta de trabajo detrás, reduce el riesgo de perder oportunidades laborales por culpa de la burocracia.

               Para las empresas, esta resolución abre la puerta a estrategias de captación de talento internacional más realistas. Firmar un precontrato condicionado a la homologación y asumir la carga de emitir una declaración responsable detallada exige compromiso, pero a cambio permite avanzar con más seguridad en la planificación de incorporaciones clave en sectores donde escasea el personal cualificado, como sanidad, ingeniería, tecnología o investigación.

               Ahora bien, la prioridad en la tramitación no conlleva carta blanca. Si la documentación está incompleta, la traducción no es correcta, la descripción del puesto no justifica la necesidad de homologación o la empresa no cumple con sus obligaciones, el expediente puede sufrir retrasos, requerimientos adicionales o incluso una resolución desfavorable. Por eso es fundamental preparar cada paso con rigor jurídico y técnico.

¿POR QUÉ CONTAR CON ASESORÍA ESPECIALIZADA EN HOMOLOGACIÓN Y EXTRANJERÍA?

               La homologación de títulos extranjeros en España ya era, de por sí, un procedimiento técnico, con una fuerte componente documental y un encaje complejo con otras figuras jurídicas como la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados o la Tarjeta Azul UE. La introducción de esta vía rápida ligada a una oferta de empleo añade una capa adicional a las potenciales estrategias, hay que coordinar los tiempos de la empresa, la homologación académica y los trámites de extranjería.

               Contar con un equipo experto en servicios de extranjería y homologación de títulos os permitirá evitar errores frecuentes, escoger la mejor vía según vuestro perfil, preparar la declaración responsable del empleador conforme a los requisitos de la resolución y, en definitiva, aumentar las posibilidades de que el expediente sea tramitado con prioridad y sin incidencias.

               Un buen asesoramiento no solo se limita a presentar papeles, también conllev revisar la viabilidad del caso, anticipar posibles objeciones de la Administración, alinear el procedimiento de homologación con la autorización de residencia y trabajo y acompañaros hasta que podáis ejercer vuestra profesión en España con plena seguridad jurídica.

               La nueva resolución de la Secretaría General de Universidades supone un punto de inflexión en la homologación de títulos extranjeros en España cuando existe una oferta de empleo altamente cualificada. Por primera vez, la Administración reconoce explícitamente que detrás de muchos expedientes hay oportunidades laborales concretas y permite que esos casos se tramiten con prioridad, sin rebajar el nivel de exigencia académica.

               Si tenéis un título universitario extranjero y una empresa dispuesta a contrataros en España, este es el momento de analizar vuestro caso y aprovechar esta vía rápida. Desde En Otras Palabras podemos estudiar vuestra situación, valorar si cumplís los requisitos de la nueva tramitación preferente, ayudaros a preparar la documentación y acompañaros en todo el proceso de homologación y extranjería.

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